Unidad Especializada en Hechos Punibles Contra la Libertad de las Personas
Unidad Especializada en Hechos Punibles Contra la Libertad de las Personas
Antisecuestro y Antiterrorismo
La libertad es un derecho universal inherente a la condición humana y por tanto, no tiene precio. Su defensa es primordial para el ejercicio de la democracia en su plenitud. Es por ello que resulta criminal cualquier persona que desee ponerle precio a la libertad y a la vida de otra.
El secuestro entendido como retención ilegal de una persona contra su voluntad con el fin de exigir dinero o el cumplimiento de determinadas condiciones para su rescate, es un hecho repudiable y sus responsables pueden ser condenados hasta 30 años de cárcel más 10 años de medidas de seguridad.
Inicio de la Operaciones
La Fiscalía General del Estado dispuso la creación de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra la Libertad de las Personas, mediante Resolución N.º 1465 de fecha 7 de julio de 2004. Su objetivo es hacer frente a este crimen, que no solo conmociona el seno familiar de la víctima de secuestro, sino que genera inseguridad en toda la sociedad y por ello debe ser investigado por profesionales especializados en el tema.
La Unidad Especializada trabaja en coordinación con la Fiscalía Adjunta Especializada en Hechos Punibles contra la Libertad de las Personas, que fue creada en el año 2011 para reforzar el trabajo de los agentes fiscales del Área.
Profesionales con Entrenamiento Técnico
La Unidad Especializada Antisecuestro y Antiterrorismo se encuentra conformada por un equipo de profesionales, capacitados por organismos internacionales de lucha contra el secuestro.
Unidades Penales Especializadas
El Área está conformada por siete Unidades Penales:
- Asunción.
- Ciudad del Este.
- Concepción.
- Amambay.
- San Pedro del Ycuamandiyú.
- Guairá - Caaguazú.
Acciones Interinstitucionales
Apoyan las tareas de la Unidad Especializada:
- Ministerio del Interior.
- Policía Nacional: Departamento de Antisecuestros de Personas, Fuerza de Operaciones Policiales Especiales (FOPE), Departamento de Identificaciones, Departamento de Investigación de Delitos, División Criminalística, la INTERPOL y la Secretaría de Prevención e Investigación del Terrorismo (SEPRINTE).
- Fuerzas Armadas de la Nación y la Dirección de Material Bélico (DIMABEL).
Cifras Relevantes
La Unidad Especializada registra importantes condenas con penas entre 35, 20, 15 y 5 años de pena privativa de libertad, por secuestros cometidos por bandas criminales heterogéneas y por el grupo auto denominado Ejército del Pueblo Paraguayo.
En el 100% de los juicios se obtuvieron resultados favorables al Ministerio Público.
Marco Legal
- Hechos Punibles contra la Libertad de las Personas - Ley N.º 1160/97 “Código Penal”
-Coacción grave (Art.121)
-Privación de Libertad (Art. 124)
-Extrañamiento de Personas (Art.125)
-Secuestro (Art. 126)
-Toma de rehenes (Art. 127)
- Ley Nº 3440/2008 “Que modifica varias disposiciones de la ley Nº 1160/97 “Código Penal” y deroga parcialmente la Ley Nº 2849/2005 “Especial Antisecuestro”, la cual a su vez fue ampliada por La Ley Nº 4005/2010 “Aseguramiento de Bienes”
- Ley Nº 4024, que castiga los Hechos Punibles de Terrorismo, Asociación Terrorista y Financiamiento del Terrorismo.
La Unidad Especializada también realiza diligencias tendientes a prevenir llamadas extorsivas, tráfico de armas, explosivos y municiones y prevenir la creación de organizaciones delictivas.
¿Dónde Denunciar un Hecho Punible de Secuestro?
Las denuncias pueden presentarse en las Mesas de Entradas de las sedes del Ministerio Público de todo el país, así como en las comisarías y en el Departamento de Antisecuestros de Personas de la Policía Nacional (DASP). También en la Sede Central de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra la Libertad de la Personas.
Contactos
Dirección: Tte. Aguirre (21 Proyectadas) n.° 1654 c/ Tte. Segundo Juan Carlos Arce Rojas del Barrio Obrero de la Ciudad de Asunción.
Teléfono: (021)-306 - 200, (021) 306 - 202, (021) 306 - 203, (021) 306 - 204, (021) 306 - 205