Modo de Denuncia
Modo de Denuncia
Las denuncias podrán presentarse verbalmente, ante lo cual, el ciudadano deberá acudir hasta la oficina, personalmente, con su cédula de identidad o pasaporte. Se tendrá presente el Instructivo F.G.E. N° 8/11.
Cualquier ciudadano que conozca de un hecho que sea competencia del Ministerio Público, deberá acudir hasta la Oficina de Denuncias, con su cédula de identidad o en su defecto con otro documento que acredite su identidad, excepto en los casos que, la acción penal dependa de la instancia de la víctima, en cuyo caso, la legitimidad activa está supeditada a quien tenga derecho a instar en los términos del Código Penal.
El funcionario que reciba la manifestación verbal del denunciante, se regirá por el procedimiento establecido para la recepción de denuncias y redactará bajo la formalidad del acta, la que deberá firmar el denunciante y el funcionario de la Oficina de Denuncias, dejándose una copia del documento de identidad del denunciante.
En caso de ciudadanos que no se comuniquen en idiomas oficiales o extranjeros que no se comuniquen en idiomas oficiales o de sordomudos que no puedan darse a entender por escrito, el funcionario de la Oficina de Denuncias solicitará el auxilio de un intérprete o traductor. En caso de que el funcionario pueda comprender al compareciente, dejará constancia de esta circunstancia en acta.
En caso de niño, niña o adolescente que acuda a la Oficina de Denuncias con la intención de denunciar un hecho, deberá estar acompañado de uno de sus progenitores u otro representante legal. En caso contrario, será derivado inmediatamente a la unidad fiscal de turno, para la intervención del agente fiscal.
En caso de estar acompañado de una persona mayor de edad, se redactará la denuncia, se ingresará al sistema y se remitirá inmediatamente al agente fiscal de turno.
Modo de Denuncia
Se recibirán las documentaciones, independientemente del territorio, especialidad o cuantía. Pero, cuando a prima facie el funcionario percibiera que la denuncia no correspondería a esa sede fiscal, pondrá a conocimiento del ciudadano a fin de que consulte posteriormente, en la Oficina de Orientación e Información, la unidad fiscal correspondiente. Al recibir el documento por escrito, verificará su contenido. En caso de corresponder al ámbito de actuación de la oficina, colocará el cargo, con el número de entrada correspondiente, completando: día, mes y año, hora, firma y aclaración del funcionario que recibe, con la observación de la cantidad de fojas que consta el documento u otra circunstancia.
Modo de Denuncia
No serán recibidas denuncias sin la debida identificación del denunciante.