Dirección de Derechos Étnicos
Dirección de Derechos Étnicos
Funciones de la Dirección
- Interviene en el proceso penal como consultor técnico de los agentes fiscales en las causas los indígenas son parte, ya sea como víctimas o victimarios.
- Garantiza la aplicación del derecho consuetudinario indígena, contemplado en la Constitución Nacional y los convenios internacionales.
- Colabora con los agentes fiscales, haciendo efectiva la disposición legal del procedimiento especial relacionado a los pueblos indígenas, que establece la obligatoriedad de la presencia de un consultor técnico desde el inicio hasta la culminación de la investigación.
- Asesora a las comunidades indígenas sobre sus derechos, a la par que analiza los hechos dentro del marco cultural indígena y aporta elementos de juicio en la investigación fiscal.
- Determina la solución más favorable para la preservación de la armonía dentro de la comunidad indígena.
- Interviene como nexo entre las comunidades indígenas y el Ministerio Público.
- Garantiza la atención diferenciada a los pueblos indígenas, asegurando el respeto de sus derechos procesales y garantías constitucionales, así como el respeto a la cultura y a las costumbres de los pueblos indígenas.
- A pedido de los agentes fiscales, elabora un dictamen técnico, jurídico y antropológico que determina el motivo del modo de actuar de los miembros de los pueblos indígenas en las causas penales. Para el efecto, sitúa a los investigadores dentro del contexto cultural y sugiere fundadamente la legislación aplicable.
Trabajo de Campo
- Técnicos y peritos expertos de la Dirección de Derechos Étnicos se constituyen en las comunidades indígenas, a fin de recabar más datos sobre los hechos denunciados e investigados por el Ministerio Público.
- Asimismo, se reúnen con el líder y la asamblea comunitaria, quienes juzgan y deciden, en cada caso, si se aplica el derecho consuetudinario o la legislación nacional.
Principales acciones:
En el fuero civil
- Asesora en procesos civiles cuando existen medidas cautelares que guardan relación con territorios indígenas.
En su rol Tutelar
- Articula acciones con otras instituciones y actúa como mediador, en los casos de conflictos comunitarios graves.
- Cabe destacar que la Dirección de Derechos Étnicos representa al Ministerio Público ante las instituciones gubernamentales y no gubernamentales que trabajan con comunidades indígenas.
El Ministerio Público garantiza la protección de los pueblos indígenas, y el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Constitución Nacional (Art. 62 al 67), Código Procesal Penal (Art. 26, 432 al 438), convenios internacionales – tales como el “Convenio Sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y las diversas leyes que regulan la materia.
Contactos
Dirección: Rodríguez de Francia y Capitán Figari.
Teléfono: (021) 226 409