Presupuesto

La financiación del Presupuesto depende de los recursos ordinarios del Tesoro, fuente 10 en un 85,6 % es decir, de los ingresos del Ministerio de Hacienda y en un 14,4% de fuente 30, provenientes de los recursos institucionales, esto gracias a la promulgación de la Ley 2046/02 mediante la cual se redistribuyeron los ingresos en concepto de tasas judiciales.

El crecimiento del importe presupuestado siempre es progresivo, en consideración a los requerimientos y a la necesidad de habilitar nuevas fiscalías en el interior del país, así como la de potenciar las fiscalías zonales y regionales existentes.